Comisión de salud de la asamblea legislativa de Goiás: espacio de control social en la definición de políticas estatales de salud?
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Cómo citar

França, M. A. de S. A., Chaves, M. E. P. de S., Queiroz, M. G., & Pereira, E. M. (2009). Comisión de salud de la asamblea legislativa de Goiás: espacio de control social en la definición de políticas estatales de salud?. Tempus – Actas De Saúde Coletiva, 3(3), Pág. 67–77. Recuperado a partir de https://www.tempus.unb.br/index.php/tempus/article/view/723

Resumen

Las políticas públicas de salud integran los mecanismos de protección social del Estado y consisten en un conjunto de directrices que orientan y regulan las actividades del gobierno con el objetivo de una mejoría de la calidad de vida de los ciudadanos. La Constitución Federal, en 1988, estableció preceptos técnicos y jurídicos que legitimaron una nueva relación de poder entre ciudadano y gobernante, instituyendo dos formas de democracia: representativa y participativa, destacándose en esta ultima, los consejos de salud. En este estudio se ha pretendido analizar la Comisión de Salud de la Asamblea Legislativa del Estado de Goiás, como espacio de control social en la definición de las políticas estatales de salud en el período de 2003 a 2006, considerándose sus atribuciones. Se trató de una pesquisa cualitativa del tipo estudio de caso. Los datos han sido colectados por medio de informaciones documentales y de entrevistas semi-estructuradas con informantesclave de la Asamblea Legislativa. Se ha identificado que, a pesar de la Comisión de Salud tenga como principal atribución tratar de cuestiones de salud pública, esta se ha constituído en espacio de Control Social del Sistema Único de Salud dependiendo del perfil de su presidente: abierto o no al diálogo conlas instancias de participación democrática. En el período en cuestión, la mayoria de las discusiones en el interior de la Comisión no ha involucrado la principal interesada: la población. Por lo tanto, es necesario fortalecer el diálogo de esta Comisión con el Control Social para que este pueda interferir de forma proposital en la deliberación de las políticas públicas.
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